Comunicado de prensa
La Dirección de Recursos Forestales, organismo dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo de la Provincia de Corrientes, por fuerza de Ley hace saber lo siguiente:
RECUERDA:
QUE está prohibido iniciar toda actividad de quema sin autorización según lo establece la Ley Nacional Nº 26.562 art. 3, y Provincial Nº 5.590 art. 20-21.
QUE solo podrá utilizarse el FUEGO en forma de quema controlada previa AUTORIZACIÓN, de acuerdo a condiciones y requisitos establecidos. Ley Nº 26.562 art. 6, Ley Nº 5.590 art. 19.-
QUE toda persona que no cumpla con lo establecido, comete una infracción y quedará afectada a sumarios y penalidades contempladas en las leyes vigentes.
QUE la Dirección de Recursos Forestales es la Autoridad Provincial responsable de la prevención y control de los incendios rurales y de la fiscalización del empleo del fuego. Ley Nº 5.590 art. 3.-
Contactos:
Dirección de Recursos Forestales
Perú 1120. W 3400 CQH
Corrientes - República Argentina
TEL. Fijo: 03783 – 411250-463087
CEL. 03783 – 15338580