lunes, 15 de agosto de 2011

PROHIBICIÓN DE QUEMAS SIN AUTORIZACIÓN


Comunicado de prensa

La Dirección de Recursos Forestales, organismo dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo de la Provincia de Corrientes, por fuerza de Ley hace saber lo siguiente:

RECUERDA:
    
QUE está prohibido iniciar toda actividad de quema sin autorización según lo establece la Ley Nacional  Nº  26.562 art. 3, y Provincial  Nº 5.590 art. 20-21.

QUE solo podrá utilizarse el FUEGO en forma de quema controlada previa AUTORIZACIÓN, de acuerdo a condiciones y requisitos establecidos. Ley Nº 26.562 art. 6, Ley Nº 5.590 art. 19.-

QUE toda persona que no cumpla con lo establecido, comete una infracción y quedará afectada a sumarios y penalidades contempladas en las leyes vigentes.

QUE la Dirección de Recursos Forestales es la Autoridad Provincial responsable de la prevención y control de los incendios rurales y de la fiscalización del empleo del fuego. Ley Nº 5.590 art. 3.-



Contactos:
Dirección de Recursos Forestales
Perú 1120. W 3400 CQH
Corrientes - República  Argentina
TEL. Fijo: 03783 – 411250-463087
CEL. 03783 – 15338580